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Aclaraciones sobre la nueva licencia de piloto de ultraligeros

Con la entrada en vigor del RD 123/2015 por el que se regula la licencia y las habilitaciones del piloto de ultraligero el pasado 13 de mayo se han suscitado no pocas dudas sobre los plazos que en él se especifican.   Uno de los puntos que más confusión causa es la Disposición transitoria segunda. Licencias emitidas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto. Y más en concreto su apartado 2 que dice "Las licencias expedidas antes de la entrada en vigor de este real decreto seguirán siendo válidas, con las mismas atribuciones y habilitaciones y, en su caso, limitaciones con que fueron otorgados, durante el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de este real decreto." Y es este plazo de un año el que confunde. Vamos a tratar de explicarlo. Como dice esta disposición transitoria, TODAS las licencias de piloto emitidas antes de la entrada en vigor del RD deben cambiarse por la nueva licencia a lo largo del año que va desde el 13 de mayo de 2015, fecha de entrada en vigor del RD, hasta el 13 de mayo de 2016. Insistimos TODAS, y cada una ha de hacerse en su fecha de caducidad. Un ejemplo: Tengo una licencia que caduca el 22 de agosto de 2015.

Antes del 22 de agosto de 2015 debes solicitar la revalidación de la licencia

  • Pero, ¿no dice el RD que siguen sendo válidas durante un año desde la entrada en vigor y entonces mi licencia se ve ampliada hasta el 13 de mayo de 2016?

Respuesta clara y rotunda: NO. Tu licencia caduca en la fecha indicada en la licencia. Cambiála antes o estarás volando sin licencia una vez   cumplida esa fecha. Con las consecuencias que ello conlleva.

Otro ejemplo: He obtenido mi licencia el pasado 20 de enero de 2015 y mi fecha de caducidad es 20 de enero de 2017 (así lo indica mi licencia). ¿Tengo que hacer algo?

Tú eres uno de los pilotos a quien se dirige "especialmente" el párrafo reproducido anteriormente. Tu fecha de validez se ve acortada al 13 de mayo de 2016 y antes de esa fecha tienes que solicitar el cambio por la nueva licencia.

Espero haber aclarado este punto. Pero si teneis alguna duda y algo sigue sin entenderse bien, enviadnos un mensaje o poned vuestros comentarios en este blog y trataremos de contestar rápido. ¡Felices y seguros vuelos!

Publicado

el Jueves

5 de noviembre de 2015